Derechos y garantías.

Derechos y garantías.



1) Reseña:

Se decidió prohibir la publicidad de los supermercados en los medios de prensa. La medida ignora que desde hace décadas se acepta que la publicidad integra el concepto de la libertad de prensa y que le son extensibles todas las garantías previstas por la Constitución para esa libertad elemental, incluyendo la prohibición de la censura previa. 

2) Elegí este artículo porque me pareció interesante el saber que se les prohibió la publicidad de supermercados. Por lo tanto no cumple con las garantías previstas por la Constitución.

3) Los artículos que son nombrados son:

Artículo 14: Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes Derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticiones a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer su priopedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender.

Artículo 32: El Congreso federal no dictará leyes que restrinja la libertad de imprenta o establezcan sobre ella la jurisdicción federal.

https://www.emol.com/noticias/internacional/2014/04/16/655711/rescatan-a-una-adolescente-argentina-que-paso-9-anos-encerrada-en-un-garaje.html

1) Reseña: Esta joven de 15 años perdió el contacto con toda su familia en 2005 y la encontraron en un garage y apenas la alimentaban, pesaba 20 kg.

2) Elegí este artículo porque me pareció interesante y frustrante el saber que en pleno siglo XXI aún se pueden encontrar esclavos, y peor aún adolescentes.

3) El artículo mencionado es:

Artículo 15: En la Nación Argentina no hay esclavos: los pocos que hoy existen quedan libres desde la jura de esta Constitución; y una ley especial reglará las indemnizaciones a qué de lugar esta declaración. Todo contrato de compra y venta de personas es un crimen de que serán responsables los que lo celebrasen, y el escribano o funcionario que lo autorice. Y los esclavos que de cualquier modo se introduzcan quedan libres por el sólo hecho de pisar territorio de la República.

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